Micelio

decreto 65 de 1936

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales

Artículo 1

Artículo único. Concédese al Agrónomo Nacional del Departamento del Valle, señor Alfonso Romero Manrique, la licencia que solicita por el término de sesenta (60) días, a partir del quince (15) de los corrientes. El Agrónomo Romero Manrique procederá a entregar la oficina y los elementos que tiene a su cargo, bajo inventario, al Jefe del Servicio de Extensión Agrícola del mencionado Departamento. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Agricultura y Comercio