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decreto 1606 de 2001

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El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y CONSIDERANDO: Que la Junta Directiva de la Empresa Territorial para la Salud, Etesa, sometió a aprobación del Gobierno Nacional su Planta de Personal, de acuerdo con el Acta de fecha 16 de julio de 2001

Considerando · 1 motivo

Que la Junta Directiva de la Empresa Territorial para la Salud, Etesa, sometió a aprobación del Gobierno Nacional su Planta de Personal, de acuerdo con el Acta de fecha 16 de julio de 2001;

Artículo 1

º . Apruébase la Planta de Personal de empleados públicos de la Empresa Territorial para la Salud, Etesa, así: Nº de cargos Dependencia y denominación del empleo Código Grado PRESIDENCIA Uno (1) Presidente de Entidad Descentralizada 0015 25 Uno (1) Asesor 1020 15 Uno (1) Secretario Ejecutivo 5040 23 Uno (1) Conductor Mecánico 5310 19 OFICINA ASESORA JURIDICA Uno (1) Jefe de Oficina Asesora de Jurídica 1045 15 SECRETARIA GENERAL Uno (1) Secretario General de Entidad Descentralizada 0037 22 VICEPRESIDENCIA FINANCIERA Uno (1) Vicepresidente de Entidad Descentralizada 0040 22 Uno (1) Asesor 1020 12 VICEPRESIDENCIA TECNICA Uno (1) Vicepresidente de Entidad Descentralizada 0040 22 VICEPRESIDENCIA COMERCIAL Uno (1) Vicepresidente de Entidad Descentralizada 0040 22

Artículo 2

º . Fíjase en treinta y cuatro (34) el número de trabajadores oficiales al servicio de la Empresa Territorial para la Salud, ETESA.

Artículo 3

º . El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
La Ministra de Salud
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública