Micelio

decreto 3346 de 1980

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO: -Que el Gobierno Nacional mediante la Ley número 26 del 29 de octubre de 1980. adiciona y abre unos créditos adicionales en el Presupuesto de Ingresos y Gastos del Ministerio de Obras Públicas y Transporte -Fondo Vial Nacional-, en la suma de setenta millones de pesos $70.000.000 moneda corriente

Considerando · 3 motivos

Que el Gobierno Nacional mediante la Ley número 26 del 29 de octubre de 1980. adiciona y abre unos créditos adicionales en el Presupuesto de Ingresos y Gastos del Ministerio de Obras Públicas y Transporte -Fondo Vial Nacional-, en la suma de setenta millones de pesos $70.000.000 moneda corriente; -;

Que dicha partida se debe incorporar en el Presupuesto de Ingresos y Gastos del Fondo Vial Nacional de la vigencia fiscal de 1980, de conformidad, con disposiciones legales vigentes;

Que se han cumplido los requisitos legales necesarios;

Artículo 1Adiciónase El Presupuesto De Ingresos Del Fondo Vial Nacional Para La Vigencia Fiscal De 1980, En La Cantidad De Setenta Millones De Pesos ($70

º. Adiciónase el Presupuesto de Ingresos del Fondo Vial Nacional para la vigencia fiscal de 1980, en la cantidad de setenta millones de pesos ($70.000.000) moneda corriente, según el siguiente detalle: Presupuesto de Ingresos. Ingresos no Tributarios Numeral 2 Aporte del Gobierno Nacional-Ministerio de Obras Públicas y Transporte con Recursos Ordinarios $ 70.000.000 Total Presupuesto de Ingresos $ 70.000.000

Artículo 2Con Base En El Recurso De Que Trata El Artículo Anterior Se Abre Un Crédito Y Se Adiciona El Presupuesto De Gastos Del Fondo Vial Nacional De La Vigencia Fiscal De 1980, En La Suma De Setenta Millones De Pesos ($70

º. Con base en el recurso de que trata el artículo anterior se abre un crédito y se adiciona el Presupuesto de Gastos del Fondo Vial Nacional de la vigencia fiscal de 1980, en la suma de setenta millones de pesos ($70.000.000) moneda corriente, de acuerdo, con la siguiente distribución Presupuesto de Gastos. Inversión Directa. PROGRAMA 04 Plan de Pavimentación de Carreteras Nacionales. Artículo 4 Plan Pavimentación Nacional $ 20.000.000 Proyecto 3 Ponedera-Calamar $ 20.000.000 PROGRAMA 08 Estudios, Construcción, Reconstrucción y Pavimentación de Carreteras Troncales Transversales. Artículo 18 Transversal Turbo Medellín Bogotá $ 50.000.000 Proyecto 4 Medellín-Puerto Triunfo 50.000.000 Total Presupuesto de Gastos $ 70.000.000

Artículo 3

º . El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Obras Públicas y Transporte