Micelio

decreto 1562 de 1955

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Artículo 1El Gobierno Nacional Procederá A Construir En La Ciudad De Medellín, Un Edificio Adecuado Para El Normal Funcionamiento De La Aduana Interior, Cuyas Ubicación Y Características Consulten Las Necesidades De Dicha Dependencia, La Cual Se Llevará A Cabo Por Conducto De La Gobernación Del Departamento De Antioquia

° El Gobierno Nacional procederá a construir en la ciudad de Medellín, un edificio adecuado para el normal funcionamiento de la Aduana Interior, cuyas ubicación y características consulten las necesidades de dicha dependencia, la cual se llevará a cabo por conducto de la Gobernación del Departamento de Antioquia.

Artículo 2Para El Cumplimiento De Lo Dispuesto En El Artículo Anterior, Destínase Hasta La Cantidad De Quinientos Mil Pesos ($ 500

° Para el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo anterior, destínase hasta la cantidad de quinientos mil pesos ($ 500.000.00) moneda corriente, la cual se entregará al Tesorero del citado Departamento, de acuerdo con las estipulaciones del contrato que para tales efectos se celebre y previo el lleno de las disposiciones administrativas y fiscal pertinentes.

Artículo 3Quedan Suspendidas Todas Las Disposiciones Contrarias Al Presente Decreto, El Cual Rige Desde Su Fecha

° Quedan suspendidas todas las disposiciones contrarias al presente Decreto, el cual rige desde su fecha. Comuníquese,

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Ministro de Gobierno
El Ministro de Relaciones Exteriores
El Ministro de Justicia
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Agricultura
El Ministro del Trabajo
El Ministro de Salud Pública
El Ministro de Fomento
El Ministro de Minas y Petróleos
El Ministro de Educación Nacional
El Ministro de Comunicaciones
El Ministro de Obras Públicas