Micelio

decreto 1921 de 1915

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales, y teniendo en cuenta que los cruceros Pinzón y Marroquín, anclados en la bahía de Cartagena, se hallan desarmados y desmantelados, en condiciones de no poder prestar ningún servicio

Artículo 1

Artículo único. Desde la fecha del presente Decreto, los cruceros Pinzón y Marroquín dependerán del Ministerio de Hacienda, y por este Despacho se continuarán haciendo las gestiones para efectuar en público, subasta la venta de tales barcos, de conformidad con lo resuelto por el Gobierno. Comuníquese y publíquese

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El secretario de Guerra encargado del Despacho