Micelio

decreto 327 de 1975

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Artículo 1Hácese El Siguiente Traslado En El Presupuesto De Gastos Para La Vigencia Fiscal De 1975: Presupuesto De Funcionamiento Contracréditos

° Hácese el siguiente traslado en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1975: PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO Contracréditos. Ministerio de Hacienda y Crédito Público. CAPITULO 141 Dirección General de Impuestos Nacionales. Programa 141. Administración y Recaudación de Impuestos Nacionales. Gastos Generales. 105 111 203. Artículo 1418. Compra de equipo $ 6.500.000 Suma el contracrédito $ 6.500.000 Créditos CAPITULO 141 Dirección General de Impuestos Nacionales. Programa 141. Administración y Recaudación de Impuestos Nacionales. Gastos generales. 106 111 213. Artículo 1423. Impresos y publicaciones $ 6.500.000 Suma el crédito $ 6.500.000

Artículo 2El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición

° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público