Artículo 1Créase Una Sección De La Policía De Fronteras En El Puerto De Guapi, Con El Personal Y Asignaciones Mensuales Que A Continuación Se Expresan : 1 Comisario De Segunda Clase, Jefe, Con $ 100 1 Agente De Policía, De Primera Clase, Con 35 1 Agente De Policía, De Segunda Clase, Con 32 8 Agentes De Policía, De Tercera Clase, Cada Uno Con $ 30 240
° Créase una Sección de la Policía de fronteras en el puerto de Guapi, con el personal y asignaciones mensuales que a continuación se expresan : 1 Comisario de segunda clase, Jefe, con $ 100 1 Agente de Policía, de primera clase, con 35 1 Agente de Policía, de segunda clase, con 32 8 Agentes de Policía, de tercera clase, cada uno con $ 30 240
Artículo 2° Destínase Hasta La Cantidad De $ 1,000 Oro Para Gastos De Material De La Nueva Sección 1,000 Suma $ 1,407
° Destínase hasta la cantidad de $ 1,000 oro para gastos de material de la nueva Sección 1,000 Suma $ 1,407
Artículo 3° Las Gastos Que Demande El Cumplimiento De Este Decreto Se Imputarán Al Capítulo 8
° Las gastos que demande el cumplimiento de este Decreto se imputarán al capítulo 8.°, artículo 14 del Presupuesto.
Artículo 4° El Director De La Policía Nacional Organizará, Equipará Y Despachará Con El Menor Tiempo Posible El Personal De La Sección Creada
° El Director de la Policía Nacional organizará, equipará y despachará con el menor tiempo posible el personal de la Sección creada. Comuníquese y publíquese.