Micelio

decreto 3344 de 1954

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales y en especial y de las que le confiere el artículo 121 de constitución Nacional y CONSIDERANDO: Que por Decreto No. 3518 de 9 de noviembre de 1949, se declaró turbado el orden público y en estado de sitio todo el territorio nacional

Considerando · 3 motivos

Que por Decreto No. 3518 de 9 de noviembre de 1949, se declaró turbado el orden público y en estado de sitio todo el territorio nacional;

Que actualmente algunos Consejos Administrativos Departamentales se encuentran en dificultad para hacer la elección de nuevo Contralor, por haberla efectuado en fecha anterior a la de las recomendaciones del Gobierno Nacional, en relación con la filiación política de tal funcionario;

Que por altas conveniencias Nacionales es necesario facilitar a los Consejos Administrativos Municipales el desarrollo de sus funciones;

Artículo 1Los Controladores Departamentales Y Los Personeros Municipales, Serán De Libre Nombramiento Y Remoción De Los Consejos Administrativos Departamentales Y Municipales Respectivamente

º. Los Controladores Departamentales y los Personeros Municipales, serán de libre nombramiento y remoción de los Consejos Administrativos Departamentales y Municipales respectivamente.

Artículo 2El Presente Decreto Rige Desde La Fecha De Su Expedición Y Suspende Todas Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias

º. El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición y suspende todas las disposiciones que le sean contrarias. Comuníquese y publíquese

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno
El Ministro de Relaciones Exteriores
El Ministro de Justicia
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Guerra
El Ministro de Agricultura y Ganadería
El Ministro del Trabajo, encargado del Despacho de Salud Pública
El Ministro de fomento
El Ministro de Minas y Petróleos
El Ministro de Educación Nacional
El Ministro de Comunicaciones
El Ministro de Obras Públicas