Micelio

decreto 2531 de 1964

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO: Que en su segundo periodo de sesiones, la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó la Resolución número 162, por la cual Invitó a los Estados Miembros a cooperar en la celebración del Día de las Naciones Unidas, el 24 de octubre de cada año, aniversario de la entrada en vigor de la Carta de la Organización

Considerando · 2 motivos

Que en su segundo periodo de sesiones, la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó la Resolución número 162, por la cual Invitó a los Estados Miembros a cooperar en la celebración del Día de las Naciones Unidas, el 24 de octubre de cada año, aniversario de la entrada en vigor de la Carta de la Organización;

Que por Resolución número 314, aprobada en su XI periodo de sesiones, el Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas pidió a los Estados Miembros que estimulen la difusión, dentro de sus respectivos territorios, de información sobre los propósitos, principios y actividades de la Organización y de sus organismos especializados;

Artículo 1El Gobierno De Colombia Se Asocia Oficialmente A La Conmemoración Del Día De Las Naciones Unidas, El 24 De Octubre Del Año En Curso

°. El Gobierno de Colombia se asocia oficialmente a la conmemoración del Día de las Naciones Unidas, el 24 de octubre del año en curso.

Artículo 2Las Autoridades Nacionales Departamentales Y Municipales Organizarán, De Común Acuerdo Con El Centro De Información Y El Comité Colombiano De Colaboración Con Las Naciones Unidas, Los Actos Y Programas Que Se Consideren Adecuados Para La Celebración De La Fecha Aniversaria Mencionada

°. Las autoridades nacionales departamentales y municipales organizarán, de común acuerdo con el Centro de Información y el Comité Colombiano de Colaboración con las Naciones Unidas, los actos y programas que se consideren adecuados para la celebración de la fecha aniversaria mencionada.

Parágrafo

A este efecto, el Ministerio de Educación Nacional transmitirá a las Direcciones Departamentales de Educación Pública, a las Intendencias y Comisarías, y a las Universidades y establecimientos oficiales de educación, el texto del presente Decreto, a fin de que en sus respectivas jurisdicciones se preste la más amplia colaboración en los actos que sean programados para la conmemoración del Día de las Naciones Unidas. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Relaciones Exteriores
El Ministro de Educación Nacional