Artículo 1
Artículo primero. La suma de cinco mil pesos ($ 5.000.00) moneda corriente, concedida por el Gobierno Nacional, según Decreto número 1533 de junio 27 de 1960, se destinará para el pago de alojamiento y transporte de los atletas de los diferentes Departamentos participantes en la Maratón Internacional, realizada en la ciudad de Girardot y no al pago de trasporte de atletas extranjeros, como dice el decreto mencionado.
Artículo 2
Artículo segundo. La suma de que trata el artículo anterior, se girará al Tesorero del Comité Organizador de la Maratón Internacional previo el cumplimiento de los requisitos legales. Comuníquese y publíquese