Micelio

decreto 669 de 2012

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Artículo 1Suprímanse De La Planta De Personal Del Ministerio Del Interior, Los Siguientes Cargos: N° Cargos Denominación Código Grado Despacho Ministro Del Interior 1 (Uno) Director Técnico 0100 22 Planta Global 1 (Uno) Profesional Especializado 2028 21 1 (Uno) Profesional Especializado 2028 14 1 (Uno) Técnico Administrativo 3124 07

°. Suprímanse de la planta de personal del Ministerio del Interior, los siguientes cargos: N° CARGOS DENOMINACIÓN CÓDIGO GRADO DESPACHO MINISTRO DEL INTERIOR 1 (uno) Director Técnico 0100 22 PLANTA GLOBAL 1 (uno) Profesional Especializado 2028 21 1 (uno) Profesional Especializado 2028 14 1 (uno) Técnico Administrativo 3124 07

Artículo 2Los Empleados Públicos De Carrera Administrativa, Del Ministerio Del Interior A Quienes Se Les Suprime El Empleo En El Presente Decreto, Serán Incorporados A La Unidad Nacional Para La Gestión Del Riesgo De Desastres, Ungrd, Sin Que Se Les Exijan Requisitos Adicionales A Los Acreditados En El Momento De Su Posesión Del Cargo Del Cual Eran Titulares

°. Los empleados públicos de carrera administrativa, del Ministerio del Interior a quienes se les suprime el empleo en el presente decreto, serán incorporados a la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres, UNGRD, sin que se les exijan requisitos adicionales a los acreditados en el momento de su posesión del cargo del cual eran titulares.

Artículo 3Los Empleados Públicos De Carrera Administrativa Del Ministerio Del Interior, Cuyos Empleos Se Suprimen En El Presente Decreto, Gozarán De La Protección Especial De Que Trata El Capítulo Ii De La Ley 790 De 2002, De Conformidad Con Lo Dispuesto En El Artículo 19 De La Ley 1444 De 2011

°. Los empleados públicos de carrera administrativa del Ministerio del Interior, cuyos empleos se suprimen en el presente decreto, gozarán de la protección especial de que trata el capítulo II de la Ley 790 de 2002, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 19 de la Ley 1444 de 2011.

Artículo 4Los Empleados Públicos De Carrera Administrativa Del Ministerio Del Interior, A Quienes Se Les Suprime El Cargo En El Presente Decreto, Continuarán Ejerciendo Las Funciones Que Vienen Desarrollando Y Percibiendo La Remuneración Mensual Correspondiente A Los Empleos Que Desempeñan Actualmente, Hasta Tanto Se Produzca La Incorporación A La Planta De Personal Que Se Adopte Para La Unidad Nacional Para La Gestión Del Riesgo De Desastres, Ungrd, Y Tomen Posesión Del Cargo

°. Los empleados públicos de carrera administrativa del Ministerio del Interior, a quienes se les suprime el cargo en el presente decreto, continuarán ejerciendo las funciones que vienen desarrollando y percibiendo la remuneración mensual correspondiente a los empleos que desempeñan actualmente, hasta tanto se produzca la incorporación a la planta de personal que se adopte para la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres, UNGRD, y tomen posesión del cargo.

Artículo 5El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación Y Modifica En Lo Pertinente El Decreto 2896 De 2011

°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente el Decreto 2896 de 2011.