Micelio

decreto 770 de 2009

2 artículos · lectura continua

El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas por los artículos 189, numeral 13 de la Constitución Política

Considerando · 3 motivos

Que mediante Decreto 4809 del 23 de diciembre de 2008, se retiró del servicio a la Notaria Veintitrés del Círculo de Medellín (Antioquia), doctora Piedad Carmen Ramírez Alvarez, identificada con la cédula de ciudadanía número 21372822 expedida en Medellín.

Que por error de digitación, en el citado documento se mencionó un número de cédula de ciudadanía diferente al que corresponde a la doctora Piedad Carmen Ramírez Alvarez, siendo el correcto 21.372.822 expedida en Medellín (Antioquia).

Que por lo anteriormente expuesto, se hace necesario aclarar el Decreto 4809 de 2008, para mencionar el número exacto de la cédula de ciudadanía de la señora Piedad Carmen Ramírez;

Artículo 1Aclárase El Artículo 1° Del Decreto 4809 Del 23 De Diciembre De 2008, En El Sentido De Indicar Que El Número De La Cédula De Ciudadanía De La Doctora Piedad Carmen Ramírez Alvarez Es 21372822 Expedida En Medellín, Antioquia

°. Aclárase el artículo 1° del Decreto 4809 del 23 de diciembre de 2008, en el sentido de indicar que el número de la cédula de ciudadanía de la doctora Piedad Carmen Ramírez Alvarez es 21372822 expedida en Medellín, Antioquia.

Artículo 2

Segundo. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas por los artículos 189, numeral 13 de la Constitución Política; 5° del Decreto 2163 de 1970 y 74 del Decreto 2148 de 1983, y
El Ministro del Interior y de Justicia