en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales y en especial de las que le confiere el numeral 17 del artículo 189 de la Constitución Política, y CONSIDERANDO: Que es función del Presidente de la República distribuir los negocios, según su naturaleza, entre ministerios, departamentos administrativos y establecimientos públicos
Considerando · 3 motivos
Que es función del Presidente de la República distribuir los negocios, según su naturaleza, entre ministerios, departamentos administrativos y establecimientos públicos;
Que la Corporación Autónoma Regional del Cauca tiene dentro de sus funciones, la de "generación, transmisión y distribución de la energía eléctrica, así como la interconexión de los sistemas eléctricos";
Que dentro del Presupuesto de la Corporación Autónoma Regional del Cauca, CVC, para el año 1993, se asignaron recursos para atender la construcción de la línea de transmisión e interconexión Pasto-Mocoa;
Artículo 1° Confíase A La Corporación Autónoma Regional Del Cauca, Cvc, En Su Carácter De Establecimiento Público Del Orden Nacional, La Construcción E Instalación De La Línea De Interconexión Pasto-Mocoa
° Confíase a la Corporación Autónoma Regional del Cauca, CVC, en su carácter de establecimiento público del orden nacional, la construcción e instalación de la línea de interconexión Pasto-Mocoa.
Artículo 2° Para El Cumplimiento De La Función Asignada, La Entidad Dictará Los Actos Y Celebrará Los Contratos Requeridos, Con Sujeción A Las Reglas De Contratación Que Le Sean Aplicables, En Especial, El Decreto 222 De 1983
° Para el cumplimiento de la función asignada, la entidad dictará los actos y celebrará los contratos requeridos, con sujeción a las reglas de contratación que le sean aplicables, en especial, el Decreto 222 de 1983.
Artículo 3° El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación
° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese, comuníquese y cúmplase. Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a 23 de abril de 1993. CESAR GAVIRIA TRUJILLO El Director del Departamento Nacional de Planeación, Armando Montenegro.