Artículo 2Del Decreto Ejecutivo Número 245, Expedido El 13 De Febrero De 1915 ( Diario Oficial Número 15424), Concédese Franquicia Postal A Los Señores Gerentes Del Ferrocarril De La Sabana Y Del Ferrocarril Del Sur, Para La Correspondencia Del Interior, Manuscrita E Impresa, Relacionada Con Los Fines De Las Referidas Entidades
Artículo único. Con las condiciones establecidas en el artículo 2.° del Decreto ejecutivo número 245, expedido el 13 de febrero de 1915 ( Diario Oficial número 15424), concédese franquicia postal a los señores Gerentes del Ferrocarril de la Sabana y del Ferrocarril del Sur, para la correspondencia del interior, manuscrita e impresa, relacionada con los fines de las referidas entidades. Comuníquese y publíquese.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
el Secretario