Micelio

decreto 198 de 1949

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales y en especial de las que le confieren los artículos 9º y 45 de la Ley 79 de 1931

Artículo 1

Artículo primero. Establécese la Aduana Interior de Manizales, en la cabecera del Municipio del mismo nombre, para el solo efecto de la nacionalización de los paquetes aeroexpresos y encomiendas postales destinados a los siguientes Municipios del Departamento de Caldas: Manizales Mistrató Aguadas Neira Anserma Pácora Aranzazu Palestina Belén de Umbría Pensilvania Chinchiná Quinchia Filadelfia Ríosucio Guática Risaralda La Dorada Salamina Manzanares Samaná Marmato Supía Marquetalia Victoria Marulanda Villa María.

Artículo 2

Artículo segundo. Para el funcionamiento de la Aduana Interior de Manizales créanse los cargos y señálanse las siguientes asignaciones: Mensuales. 1 Administrador Cajero $ 450.00 1 Contador de 4ª, Secretario 260.00 1 Aforador de 2ª 350.00 1 Cabo 170.00 3 Guardas, cada uno 150.00

Artículo 3

Artículo tercero. El Administrador de la Aduana Interior de Manizales tendrá, además de las funciones de Administrador Cajero, las de Capitán del Aeropuerto de la misma Aduana.

Artículo 4

Artículo cuarto. Por la Aduana Interior de Pereira, creada por el Decreto número 3480 de 1947 (octubre 23), se hará la nacionalización de los paquetes aeroexpresos y encomiendas postales destinados a los siguientes Municipios del Departamento de Caldas: Pereira Marsella Apia Montenegro Armenia Pijao Balboa Pueblorrico Belalcázar Quimbaya Calarcá Salento Circasia Santuario Filandia Santa Rosa de Cabal Génova

Artículo 5

Artículo quinto. El presente Decreto comenzará a regir el 1º de febrero de 1949. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público