Micelio

decreto 1919 de 1995

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Artículo 1El Gobierno Nacional, Interpretando El Sentimiento Del Pueblo Colombiano, Lamenta Con Profundo Pesar El Fallecimiento Del Eminentísimo Señor Cardenal Mario Revollo Bravo Y Exalta Su Vida Y Memoria Como Dignas De Admiración, Imitación Y Respeto

°. El gobierno Nacional, interpretando el sentimiento del pueblo colombiano, lamenta con profundo pesar el fallecimiento del eminentísimo señor Cardenal Mario Revollo Bravo y exalta su vida y memoria como dignas de admiración, imitación y respeto.

Artículo 2Que El Gobierno Nacional Se Une Al Dolor Que Embarga Al Pueblo De Colombia, A La Conferencia Episcopal De Colombia, Al Clero Y A Los Católicos Y Declara Duelo Nacional Por Los Tres Días Siguientes A Su Fallecimiento, Durante Los Cuales Se Izará El Pabellón Nacional A Media Asta En Todos Los Edificios Públicos Del País Y Las Embajadas De Colombia En El Exterior

°. Que el Gobierno Nacional se une al dolor que embarga al pueblo de Colombia, a la Conferencia Episcopal de Colombia, al Clero y a los católicos y declara duelo nacional por los tres días siguientes a su fallecimiento, durante los cuales se izará el Pabellón Nacional a media asta en todos los edificios públicos del país y las Embajadas de Colombia en el Exterior. Las Fuerzas Militares rendirán los honores fúnebres correspondientes, a la memoria del eminentísimo señor Cardenal Mario Revollo Bravo.

Artículo 3El Gobierno Nacional Se Hará Presente En Los Funerales Del Eminentísimo Señor Cardenal Mario Revollo Bravo

°. El Gobierno Nacional se hará presente en los funerales del eminentísimo señor Cardenal Mario Revollo Bravo.

Artículo 4Copia Del Presente Decreto, En Nota De Estilo Será Entregada A La Familia Del Ilustre Desaparecido

°. Copia del presente Decreto, en nota de estilo será entregada a la familia del ilustre desaparecido.

Artículo 5Este Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación

°. Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.