Artículo 1
Fíjase en la suma de quintetos pesos ($ 500) la cuantía de la caución que debe otorgar en lo sucesivo el Cónsul de Colombia en Puerto España (Trinidad) Comuníquese y publíquese.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Relaciones Exteriores