Micelio

decreto 2096 de 1970

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO: Que el numeral 2° del artículo 56 de la Ley 11 de 1969, se facultó al Gobierno Nacional para reajustar los estimativos de las rentas e ingresos y de los recursos del crédito e incorporarlos al Presupuesto, por medio de decreto, y abrir las correspondientes apropiaciones para gastos. Que el Gobierno Nacional estima necesario y conveniente abrir u n crédito adicional al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1970, del Ministerio de Educación Nacional por $ 1.500

Considerando · 4 motivos

Que el numeral 2° del artículo 56 de la Ley 11 de 1969, se facultó al Gobierno Nacional para reajustar los estimativos de las rentas e ingresos y de los recursos del crédito e incorporarlos al Presupuesto, por medio de decreto, y abrir las correspondientes apropiaciones para gastos.

Que el Gobierno Nacional estima necesario y conveniente abrir u n crédito adicional al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1970, del Ministerio de Educación Nacional por $ 1.500.000.00, destinados a la construcción del Estadio "Eduardo Santos", de la ciudad de Santa Marta.

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 83 del Decreto-ley 1675 de 1964, el Contralor General de la República expidió el Certificado de Disponibilidad número 19 de 1970, por $320.000.000.00, con base en el reajuste de los estimativos del Impuesto sobre la renta y complementarios, de los cuales se utilizan $ 1.500.000.00, para financiar el crédito presupuestal de que trata este Decretó, y;

Que se han cumplido los requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios;

Artículo 1Adiciónanse Los Cómputos Del Presupuesto De Rentas E Ingresos Del Tesoro De La Nación Para La Vigencia Fiscal De 1970, Con La Cantidad De Siete Millones Ciento Veintiocho Mil Ochocientos Catorce Pesos ($7

°. Adiciónanse los cómputos del Presupuesto de Rentas e Ingresos del Tesoro de la Nación para la vigencia fiscal de 1970, con la cantidad de siete millones ciento veintiocho mil ochocientos catorce pesos ($7.128.814.80), moneda legal, que, con base en el Certificado de Disponibilidad número 19 del mismo año, expedido por el Contralor General de la República, se incorporarán con imputación al siguiente numeral : Presupuesto de Rentas e Ingresos Capítulo I a) Tributación a la Renta Numeral 1. Impuesto sobre , la renta y complementarios $1.500.000 Suma el recurso $1.500.000

Artículo 2Con Base En El Recurso De Que Trata El Artículo Anterior, Ábrense Los Siguientes Créditos Adicionales Al Presupuesto De Gastos Para La Vigencia Fiscal De 1970: Presupuesto De Inversión Ministerio De Educacion Nacional Capítulo 680 Ministerio De Educación Nacional Programa 682 Instalaciones Y Fomento Deportivo 588, 318

°. Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, ábrense los siguientes créditos adicionales al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1970: Presupuesto de Inversión MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL Capítulo 680 Ministerio de Educación Nacional Programa 682 Instalaciones y fomento deportivo 588, 318. Artículo 6833-B. Para la construcción del estadio "Eduardo Santos" de la ciudad de Santa Marta $ 1.500.000 Suma el crédito $ 1.500.000

Artículo 3El Presente Decreto Rige Desde La Fecha De Su Expedición

°. El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público