El Presidente de la República de Colombia
en uso de sus atribuciones legales, y de conformidad con el Decreto legislativo número 1600 de 1953
Artículo 1
° . Suprímase el siguiente cargo en el Departamento de Resguardo de la Dirección General de Aduanas: 1Piloto Aviador con una asignación mensual de $ 900.00.
Artículo 2Créase El Siguiente Cargo En La Secretaría Económica Del Ministerio De Hacienda Y Crédito Público: 1 Subsecretario Económico Con Una Asignación Mensual De $ 900
° Créase el siguiente cargo en la Secretaría Económica del Ministerio de Hacienda y Crédito Público: 1 Subsecretario Económico con una asignación mensual de $ 900.00.
Artículo 3El Presente Decreto Rige Desde Su Fecha
° El presente Decreto rige desde su fecha. Comuníquese y publíquese.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público