Artículo 1Integrar El Consejo Nacional De Riesgos Laborales Para El Periodo 2013 - 2015, Así: 1
°. Integrar el Consejo Nacional de Riesgos Laborales para el periodo 2013 - 2015, así
El Ministro del Trabajo o el Viceministro de Relaciones Laborales e Inspección, quien lo presidirá.
El Ministro de Salud y Protección Social o el Viceministro de Protección Social.
El delegado del Presidente de la República.
El representante legal de Positiva Compañía de Seguros o su delegado.
En representación de las demás entidades Administradoras de Riesgos Laborales, las siguientes personas: PRINCIPAL SUPLENTE IVÁN IGNACIO ZULUAGA LATORRE C.C. 98.550.799 de Envigado MYRIAM DUEÑAS MEZA C.C. 41.629.790 de Bogotá
En representación de los empleadores, las siguientes personas: PRINCIPALES SUPLENTES ROSA I. PINZÓN QUINTERO C.C. 41.788.691 de Zipaquirá DERLY ANDREA CORTÉS MESA C.C. 52.964.354 de Bogotá SEBASTIÁN MONTOYA ROLDÁN C.C. 1.128.270.290 de Medellín INGRID MARCELA REYES REY C.C. 52.910.163 de Bogotá
En representación de los trabajadores, las siguientes personas: PRINCIPALES SUPLENTES JOSÉ NICOLÁS BRITO MENDOZA C.C. 17.951.044 de Fonseca FERNANDO MORALES RANGEL C.C. 7.474.154 de Barranquilla NÉSTOR RAÚL BOJACÁ CASTAÑEDA C.C. 79.527.973 de Bogotá EFRAÍN MORA AGUILAR C.C. 11.349.453 de Zipaquirá
En representación de las asociaciones científicas de salud ocupacional, las siguientes personas: PRINCIPAL SUPLENTE JUAN VICENTE CONDE SIERRA C.C. 19.200.803 de Bogotá RENÁN ALFONSO ROJAS GUTIÉRREZ C.C. 19.241.773 de Bogotá
Artículo 2Comunicar A Los Interesados El Contenido Del Presente Decreto
°. Comunicar a los interesados el contenido del presente decreto.
Artículo 3El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación Y Deroga El Decreto 3798 De 2010
°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga el Decreto 3798 de 2010. Publíquese, comuníquese y cúmplase.