Micelio

decreto 357 de 1993

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El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de las facultades que le confieren los numerales 2 y 14 del artículo 189 de la Constitución Nacional

Artículo 1Suprímese En La Embajada De Colombia En Lisboa, Portugal, El Cargo De Auxiliar Administrativo 1 Pa, Local, Con Una Asignación Mensual De Trescientos Veintitrés Dólares Con 22/100 (Us$ 323

° Suprímese en la Embajada de Colombia en Lisboa, Portugal, el cargo de Auxiliar Administrativo 1 PA, local, con una asignación mensual de trescientos veintitrés dólares con 22/100 (US$ 323.22), actualmente ocupado por la señora Flor Alba Serrano Barata.

Artículo 2Créase En La Embajada De Colombia En Lisboa, Portugal El Cargo De Auxiliar Administrativo 2 Pa, Local, Con Una Asignación Mensual De Cuatrocientos Setenta Y Nueve Dólares Con 26/100 (Us$ 479

° Créase en la Embajada de Colombia en Lisboa, Portugal el cargo de Auxiliar Administrativo 2 PA, local, con una asignación mensual de cuatrocientos setenta y nueve dólares con 26/100 (US$ 479.26), y nómbrase para desempeñarlo a la señora Flor Alba Serrano Barata.

Artículo 3Las Erogaciones Que Ocasione El Cumplimiento Del Presente Decreto Se Pagarán Con Cargo Al Presupuesto Del Ministerio De Relaciones Exteriores

° Las erogaciones que ocasione el cumplimiento del presente Decreto se pagarán con cargo al Presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Artículo 4El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación

° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese, comuníquese y cúmplase. Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a 24 de febrero de 1993. CESAR GAVIRIA TRUJILLO La Ministra de Relaciones Exteriores, Noemí Sanín de Rubio. El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Rudolf Hommes Rodríguez.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confieren los numerales 2 y 14 del artículo 189 de la Constitución Nacional
La Ministra de Relaciones Exteriores
El Ministro de Hacienda y Crédito Público