en uso de sus facultades legales y en especial de las que le confiere el Decreto-ley 1912 de 1973, y considerando: Que de conformidad con lo previsto en el artículo 8° de Decreto 1912 de 1973 se estableció Prima Técnica para cargos de especial responsabilidad o superior especialización. Que el Gobierno Nacional previo concepto favorable del Consejo Superior del Servicio Civil, estableció mediante Decreto 2668 de 1974, qué cargos tienen derecho a Prima Técnica en e Ministerio de Hacienda y Crédito Público. Que se han cu
Artículo 1Asígnase Mensualmente Las Sumas Más Adelante Indicadas, Por Concepto De Primas Técnicas A Los Siguientes Empleados Del Ministerio De Hacienda, Así: Dirección General De Servicios Administrativos
° Asígnase mensualmente las Sumas más adelante indicadas, por concepto de Primas Técnicas a los siguientes empleados del Ministerio de Hacienda, así: Dirección General de Servicios Administrativos . Doctor Juan Guillermo Valencia Ochoa, Director General 111-36 de la Dirección General de Servicios Administrativos $ 4.700 Doctora Stella Villegas de Osorio, Jefe División V-29 de Personal 1.890
Artículo 2El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición
° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Comuníquese y cúmplase.