en ejercicio de las facultades que le confieren los numerales 2 y 14 del artículo 189 de la Constitución Nacional
Artículo 1° Suprímese En La Embajada De Colombia En La Paz, Bolivia, El Cargo De Auxiliar Administrativo 8 Pa, Con Una Asignación Mensual De Mil Sesenta Y Nueve Dólares Con 98/100 (Us$ 1
° Suprímese en la Embajada de Colombia en La Paz, Bolivia, el cargo de Auxiliar Administrativo 8 PA, con una asignación mensual de mil sesenta y nueve dólares con 98/100 (US$ 1.069.98), actualmente ocupado por el señor Germán López Quiceno.
Artículo 2° Créase En La Embajada De Colombia En La Paz, Bolivia, Un Cargo De Auxiliar Administrativo 2 Pa (Local), Con Una Asignación Mensual De Cuatrocientos Setenta Y Nueve Dólares Con 26/100 (Us$ 479
° Créase en la Embajada de Colombia en La Paz, Bolivia, un cargo de Auxiliar Administrativo 2 PA (local), con una asignación mensual de cuatrocientos setenta y nueve dólares con 26/100 (US$ 479.26).
Artículo 3° Las Erogaciones Que Ocasione El Cumplimiento Del Presente Decreto Se Pagarán Con Cargo Al Presupuesto Del Ministerio De Relaciones Exteriores
° Las erogaciones que ocasione el cumplimiento del presente Decreto se pagarán con cargo al Presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores.
Artículo 4° El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación
° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese, comuníquese y cúmplase. Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a 24 de febrero de 1993. CESAR GAVIRIA TRUJILLO La Ministra de Relaciones Exteriores, Noemí Sanín de Rubio. El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Rudolf Hommes Rodríguez.