en ejercicio de sus atribuciones legales, en especial de las que le confiere el Decreto 1666 de 1991
Artículo 1Comisiónase Al Doctor Armando Montenegro, Director Del Departamento Nacional De Planeación, Para Que Viaje En Comisión De Servicios A Táchira, Venezuela, Con El Fin De Participar En La Instalación Del Proyecto Uribante-Caparo, Evento Durante El Cual Se Tratarán Temas Referente» A La Interconexión Eléctrica Con Colombia
° Comisiónase al doctor Armando Montenegro, Director del Departamento Nacional de Planeación, para que viaje en comisión de servicios a Táchira, Venezuela, con el fin de participar en la instalación del proyecto Uribante-Caparo, evento durante el cual se tratarán temas referente» a la Interconexión Eléctrica con Colombia.
Artículo 2El Término De La Comisión De Que Trata El Artículo Anterior Será De 1 Día Correspondiente Al 9 De Agosto De 1992
° El término de la comisión de que trata el artículo anterior será de 1 día correspondiente al 9 de agosto de 1992.
Artículo 3El Doctor Armando Montenegro Tendrá Derecho A Viáticos Diarios A Razón De Us $ 285
° El doctor Armando Montenegro tendrá derecho a viáticos diarios a razón de US $ 285.00, con cargo a los recursos del Grupo de Estudios Especiales del Departamento Nacional de Planeación. Los gastos de viaje requeridos se cancelarán conforme a lo pactado en el Contrato 095 de 1991 celebrado con el Idema.
Artículo 4El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación
° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese, comuníquese y cúmplase. Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a 5 de agosto de 1992. CESAR GAVIRIA TRUJILLO El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, Fabio Villegas Ramírez.