Micelio

decreto 323 de 1993

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El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 131 de la Constitución Política, y CONSIDERANDO: Que el Círculo Notarial de Girardot fue creado hace 22 años, por medio del Decreto 954 de 1970 y solamente existe una notaría en dicho municipio cundinamarqués, mientras que el crecimiento poblacional de la región se ha incrementado considerablemente durante el mismo período

Considerando · 2 motivos

Que el Círculo Notarial de Girardot fue creado hace 22 años, por medio del Decreto 954 de 1970 y solamente existe una notaría en dicho municipio cundinamarqués, mientras que el crecimiento poblacional de la región se ha incrementado considerablemente durante el mismo período;

Que la asignación de nuevas funciones a las notarías y la necesidad de mejorar la prestación del servicio notarial, hace indispensable la creación de una nueva Notaría que dé respuesta a las actuales circunstancias de progreso económico-social de la ciudad de Girardot;

Artículo 1Créase La Notaría Segunda Del Círculo Notarial De Girardot, Cundinamarca

° Créase la Notaría Segunda del Círculo Notarial de Girardot, Cundinamarca.

Artículo 2° El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación

° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 131 de la Constitución Política, y
El Ministro de Justicia