Micelio

decreto 2276 de 1987

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El Ministro de Gobierno

en uso de las facultades que le confiere el numeral 21 del artículo 120 de la Constitución Política, y CONSIDERANDO: Que mediante Decreto número 2170 de fecha 17 de noviembre de 1987, fue suprimido el cargo de Agregado Cultural, Grado Ocupacional 1 EX en la Embajada de Colombia ante el Gobierno de España, con una asignación básica mensual de un mil seiscientos setenta y ocho dólares con 90/100 (US$ 1.678.90), actualmente vacante

Considerando · 3 motivos

Que mediante Decreto número 2170 de fecha 17 de noviembre de 1987, fue suprimido el cargo de Agregado Cultural, Grado Ocupacional 1 EX en la Embajada de Colombia ante el Gobierno de España, con una asignación básica mensual de un mil seiscientos setenta y ocho dólares con 90/100 (US$ 1.678.90), actualmente vacante;

Que la denominación correcta del cargo que debe ser suprimido, es "Agregado para Asuntos Académicos, Intercambio de Becas y Asuntos de la Educación, Grado Ocupacional 1 EX en la Embajada de Colombia ante el Gobierno de España", y no como en la citada disposición aparece;

Que por tal motivo es necesario aclarar el artículo 1º del Decreto número 2170 de fecha 17 de noviembre de 1987;

Artículo 1º Aclarase El Artículo 1º Del Decreto Número 2170 De Fecha 17 De Noviembre De 1987, En El Sentido Que A Partir Del 1º De Diciembre De 1987, Se Suprime En La Embajada De Colombia Ante El Gobierno De España El Cargo De Agregado Para Asuntos Académicos, Intercambio De Becas Y Asuntos De La Educación, Grado Ocupacional 1 Ex, Con Una Asignación Básica Mensual De Un Mil Seiscientos Setenta Y Ocho Dólares Con 90/100 (Us$ 1

º Aclarase el artículo 1º del Decreto número 2170 de fecha 17 de noviembre de 1987, en el sentido que a partir del 1º de diciembre de 1987, se suprime en la Embajada de Colombia ante el Gobierno de España el cargo de Agregado para Asuntos Académicos, Intercambio de Becas y Asuntos de la Educación, Grado Ocupacional 1 EX, con una asignación básica mensual de un mil seiscientos setenta y ocho dólares con 90/100 (US$ 1.678.90), actualmente vacante, y no como aparece en la citada disposición.

Artículo 2º Este Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación

º Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Comunicaciones, encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Relaciones Exteriores
El Jefe del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República