Micelio

decreto 1396 de 1973

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Artículo 1Hácense Los Siguientes Contracréditos En El Presupuesto De Gastos Para La Vigencia Fiscal De 1973

° Hácense los siguientes contracréditos en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1973. Presupuesto de Inversión. CAPITULO 530 MINISTERIO DE GOBIERNO. Programa 530 Programa .Nacional de Desarrollo de la Comunidad. Recursos del Crédito Externo (BIRF). 594 - 443 - Artículo 5301. Para inversión en los proyectos de Acción Comunal de acuerdo con el Programa Nacional de Integración y Desarrollo de la Comunidad $ 2.000.000 Proyectos. 6. Centro Nacional de Capacitación $ 1.000.000 7. Seguro ele vida comunal $ 1.000.000 Recursos del Crédito Externo. Ley 3ª de 1972 594 - 443 - Artículo 5302. Casas de la Comunidad. 3.500.000 Suman los contracréditos $ 5.500.000

Artículo 2Con Base En El Recurso De Que Trata El Artículo Anterior, Ábrense Los Siguientes Créditos Adicionales Al Presupuesto De Gastos Para La Vigencia Fiscal De 1973

° Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, ábrense los siguientes créditos adicionales al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1973. Presupuesto de Inversión. CAPITULO 530 MINISTERIO DE GOBIERNO Programa 530. Programa Nacional de Desarrollo de la Comunidad Recursos del Crédito Externo (BIRF). 594 - 443 - Articulo 5301. Para inversión en los proyectos de Acción Comunal de acuerdo con el Programa Nacional de Integración y Desarrollo de la Comunidad $ 2.000.000 Proyectos, 10. Aportes para programas que desarrollan las Juntas de Acción Comunal 2.000.000 Recursos del Crédito Externo. Ley 3ª de 1972. 594 - 443 - Artículo 5302-A. Aportes para programas que desarrollan las Juntas de Acción Comunal $ 3.500.000 Suman los créditos adicionales $ 5.500.000

Artículo 3El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición

° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese.