Considerando · 4 motivos
Que mediante el Decreto 0930 del 13 de mayo de 1988 fue designada la Delegación a la 75ª Reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo;
Que en el artículo 7° de dicho Decreto se estableció que el término de duración de la comisión conferida al señor Viceministro de Trabajo y Seguridad Social, doctor José Noé Ríos Muñoz, sería de catorce (14) días contados a partir del 31 de mayo del año en curso;
Que por razones del servicio no fue posible que el señor Viceministro de Trabajo y Seguridad Social hiciera uso de la comisión otorgada a partir de la fecha prevista;
Que es necesaria la presencia del doctor Ríos Muñoz en la 75ª Reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo en su calidad de Presidente de la Delegación de Colombia;
Artículo 1Modifícase El Artículo 7° Del Decreto Número 0930 De Mayo 13 De 1988, En El Sentido De Indicar Que El Término De Duración De La Comisión Conferida Al Señor Viceministro De Trabajo Y Seguridad Social Será De Veinte (20) Días Contados A Partir Del 4 De Junio Del Presente Año
° Modifícase el artículo 7° del Decreto número 0930 de mayo 13 de 1988, en el sentido de indicar que el término de duración de la comisión conferida al señor Viceministro de Trabajo y Seguridad Social será de veinte (20) días contados a partir del 4 de junio del presente año.
Artículo 2El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación
° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese, comuníquese y cúmplase.