Micelio

decreto 1075 de 1983

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Artículo 1

La Planta de Alumnos de las Escuelas de Formación de Oficiales para las Fuerzas Militares, durante la vigencia de 1983, queda constituida en la siguiente forma

1.

Ejercito Alfereces y Cadetes 1.500

2.

Armada. Alfereces, Guardiamarinas, Pilotines y Cadetes 700

3.

Fuerza Aérea Alfereces y Cadetes 380 Total general 2.580

Artículo 2La Planta De Soldados Para La Misma Vigencia, Será La Siguiente: 1

º La Planta de Soldados para la misma vigencia, será la siguiente

1.

Ejercito Soldados 58.502

2.

Armada. Grumetes 600 Solados de Infantería de Marina 4.600 Total 5.200

3.

Fuerza Aérea Soldados Alumnos 600 Soldados Regulares 3.000 Total 3.600

Artículo 3

El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Comuníquese y cúmplase.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en use de sus facultades legales
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Defensa Nacional