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decreto 768 de 1988

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Artículo 1Declárase Vigente Para Colombia Desde El 1°de Febrero De 1987, El "acuerdo De Cooperación Entre El Acuerdo De Cartagena Y Sus Países Miembros, Bolivia, Colombia, Ecuador, Perú Y Venezuela, Por Una Parte, Y Por Otra, La Comunidad Económica Europea", Hecho En Cartagena El 17 De Diciembre De 1983

°. Declárase vigente para Colombia desde el 1°de febrero de 1987, el "Acuerdo de Cooperación entre el Acuerdo de Cartagena y sus países miembros, Bolivia, Colombia, Ecuador, Perú y Venezuela, por una parte, y por otra, la Comunidad Económica Europea", hecho en Cartagena el 17 de diciembre de 1983.

Artículo 2Declárese Vigente Para Colombia Desde El 6 De Agosto De 1987 El "convenio Internacional Sobre Líneas De Cargas, 1966 ", Extendido En Londres El 5 De Abril De 1966

°. Declárese vigente para Colombia desde el 6 de agosto de 1987 el "Convenio Internacional sobre Líneas de Cargas, 1966 ", extendido en Londres el 5 de abril de 1966.

Artículo 3Declárese Vigente Para Colombia Desde El 11 De Junio De 1987 El "acuerdo Sobre Intercambio De Informaciones En Materia De Energía Nuclear Con Fines Pacíficos , Entre El Gobierno De La República De Colombia Y El Gobierno De La República De Chile ", Suscrito En Bogotá El 2 De Diciembre De 1983

°. Declárese vigente para Colombia desde el 11 de junio de 1987 el "Acuerdo sobre Intercambio de Informaciones en Materia de Energía Nuclear con Fines Pacíficos , entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la República de Chile ", suscrito en Bogotá el 2 de diciembre de 1983.

Artículo 4

° . Declárese vigente para Colombia desde el 13 de julio de 1987 el "Acuerdo sobre Cooperación Amazónica entre la República Cooperativa de Guyana y la República de Colombia", suscrito en Bogotá el 3 de mayo de 1982.

Artículo 5Declárase Vigente Para Colombia Desde El 13 De Julio De 1987, El" Acuerdo De Cooperación Económica, Científica Y Técnica Entre El Gobierno De La República Cooperativa De Guyana Y El Gobierno De La República De Colombia", Suscrito En Bogotá El 3 De Mayo De 1982

°. Declárase vigente para Colombia desde el 13 de julio de 1987, el" Acuerdo de Cooperación Económica, Científica y Técnica entre el Gobierno de la República Cooperativa de Guyana y el Gobierno de la República de Colombia", suscrito en Bogotá el 3 de mayo de 1982.

Artículo 6Declárase Vigente Para Colombia Desde El 26 De Agosto De 1987, El" Tratado De Cooperación Amazónica Entre La República De Colombia Y La República Peruana", Suscrito En Lima El 30 De Marzo De 1979

°. Declárase vigente para Colombia desde el 26 de agosto de 1987, el" Tratado de Cooperación Amazónica entre la República de Colombia y la República Peruana", suscrito en Lima el 30 de marzo de 1979.

Artículo 7Declárase Vigente Para Colombia Desde El 28 De Octubre De 1987, El Convenio Constitutivo De La Organización Internacional De Telecomunicaciones Marítimas Por Satélite", "inmarsat" Y El "acuerdo De Explotación De La Organización Internacional De Telecomunicaciones Marítimas Por Satélite", "inmarsat", Fechados En Londres El 3 De Septiembre De 1976

°. Declárase vigente para Colombia desde el 28 de octubre de 1987, el Convenio Constitutivo de la Organización Internacional de Telecomunicaciones Marítimas por Satélite", "Inmarsat" y el "Acuerdo de Explotación de la Organización Internacional de Telecomunicaciones Marítimas por Satélite", "Inmarsat", fechados en Londres el 3 de septiembre de 1976.

Artículo 8Declárase Vigente Para Colombia Desde El 23 De Noviembre De 1987 El "convenio De Cooperación Técnica Y Científica Entre El Gobierno De La República De Colombia Y El Gobierno De Barbados", Suscrito En Bridgetown El 20 De Noviembre De 1984

°. Declárase vigente para Colombia desde el 23 de noviembre de 1987 el "Convenio de Cooperación Técnica y Científica entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de Barbados", suscrito en Bridgetown el 20 de noviembre de 1984.

Artículo 9Declárase Vigente Para Colombia Desde El 7 De Enero De 1988 La "convención Contra La Tortura Y Otros Tratos O Penas Crueles, Inhumanos O Degradantes", Hecha En New York El 10 De Diciembre De 1984

°. Declárase vigente para Colombia desde el 7 de enero de 1988 la "Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes", hecha en New York el 10 de diciembre de 1984.

Artículo 10Declárase Vigente Para Colombia Desde El 29 De Enero De 1988 El "acuerdo Para La Exoneración Recíproca De Impuestos Sobre Los Ingresos Derivados De La Operación De Barcos Y Aeronaves, Celebrado Entre El Gobierno De Colombia Y El Gobierno De Los Estados Unidos De América Mediante Canje De Notas De Fecha 16 De Octubre De 1987

Declárase vigente para Colombia desde el 29 de enero de 1988 el "Acuerdo para la Exoneración Recíproca de Impuestos sobre los Ingresos Derivados de la Operación de Barcos y Aeronaves, celebrado entre el Gobierno de Colombia y el Gobierno de los Estados Unidos de América mediante canje de notas de fecha 16 de octubre de 1987.

Artículo 11Declárase Vigente Para Colombia Desde El 10 De Febrero De 1988 El" Acuerdo De Cooperación Técnica Y Científica Entre El Gobierno De La República De Costa De Marfil Y El Gobierno De La República De Colombia", Suscribo En Abidjan El 10 De Agosto, De 1984

Declárase vigente para Colombia desde el 10 de febrero de 1988 el" Acuerdo de Cooperación Técnica y Científica entre el Gobierno de la República de Costa de Marfil y el Gobierno de la República de Colombia", suscribo en Abidjan el 10 de agosto, de 1984. Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades que le otorga el artículo 120, ordinal 20 de la Constitución Nacional y en cumplimiento de la Ley 7ª de 1944, y Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación
El Ministro de Relaciones Exteriores