en uso de sus facultades legales, especialmente de las conferidas por el Decreto 3397 de 1962, previo concepto favorable de la Secretaría de Organización e Inspección de la Administración Pública y de la Comisión Nacional del Servicio Civil
Artículo 1
Artículo primero. Suprímense en la planta de personal del Ministerio de Fomento, los siguientes empleos: Despacho del Ministro. Clase de Empleo Grado ocupacional. 1 Secretaria Auxiliar IV 11 División de Transportes. Intendencia Fluvial de Barranquilla. 1. Auxiliar de Servicios Generales V 5 Inspección Fluvial de Puerto Boyacá. 1 Inspector Fluvial 3
Artículo 2
Artículo segundo. Créanse en la planta de personal del Ministerio de Fomento, el siguiente empleo: Despacho del Ministro. 1 Secretario privado IX 15
Artículo 3
Artículo tercero. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.