Micelio

decreto 768 de 1974

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades légales y CONSIDERANDO: Que por medio del artículo 43 de la Ley 18 de 1973 se autorizó al Gobierno Nacional para abrir créditos y efectuar traslados en el Presupuesto de Gastos de la vigencia fiscal de 1974, con el objeto de garantizar la buena marcha de la Administración Pública, el normal cumplimiento de los programas de inversión y los compromisos contractuales, con los organismos internacionales de crédito

Considerando · 3 motivos

Que por medio del artículo 43 de la Ley 18 de 1973 se autorizó al Gobierno Nacional para abrir créditos y efectuar traslados en el Presupuesto de Gastos de la vigencia fiscal de 1974, con el objeto de garantizar la buena marcha de la Administración Pública, el normal cumplimiento de los programas de inversión y los compromisos contractuales, con los organismos internacionales de crédito; Qué el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, por medio de la Resolución número 2683 de 1974, declaró sobrante la cantidad de $ 42.050.000.00 en el Presupuesto, de Gastos para la vigencia fiscal de 1974, con el objeto de que sea trasladada para incrementar otra apropiación del mismo Presupuesto;

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 101 del Decreto-ley número 294 de 1973, el Contralor General de la República expidió el certificado de reserva y disponibilidad número 8 de 1974, por $ 42.050.000.00 para amparar el traslado presupuestal de que trata este Decreto, y;

Que se han cumplido los requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios;

Artículo 1Hácese El Siguiente Traslado En El Presupuesto De Gastos Para La Vigencia Fiscal De L974: Presupuesto De Funcionamiento Contracrédito Ministerio De Hacienda Y Crédito Público Deuda Pública Nacional

Articulo 1º Hácese el siguiente traslado en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de l974: Presupuesto de Funcionamiento Contracrédito Ministerio de Hacienda y Crédito Público Deuda Pública Nacional. CAPITULO 150 Dirección General de Crédito Público Programa 150 Deuda Externa Documentos a la orden y convenios contractuales. Deuda en dólares Manufacturers Hanover, Limited 1634. Servicio de la deuda con la Manufacturers Hanover, Limited, de Londres de acuerdo con el contrato de julio 15 de 1972, celebrado entre este Banco y el Gobierno Nacional, para planes de desarrollo económico, en virtud de las Leyes 18 de 1970 y 3º de 1972, así: 301 510 501 1º Amortización $ 146.302.000 302 510 503 2º Intereses 93.500.000 303 510 505 3º Comisiones y gastos 10.000 De los cuales se utilizan para este contracrédito $ 42.050.000 Suma el contracrédito $ 42.050.000 Crédito Ministerio de Hacienda y Crédito Público Deuda Pública Nacional CAPITULO 150 Dirección General de Crédito Público Programa 150 Deuda Externa Documentos a la orden y convenios contractuales Deuda en dólares Dillon, Rcad First Boston, Limited Mellón Bank 1642. Servicio de la deuda con el Dillon, Read, First Boston Limited, Mellon Bánk y otros, de acuerdo con el contrato de noviembre 2 de 1973, celebrado entre el Gobierno de la República de Colombia y los citados Bancos, con destino a financiar planes de desarrollo Ley 3ª de 1972, en virtud de las Leyes 123 de 1959, 18 de 1970 y 3ª de 1972, así: 302 510 503 1º Intereses $ 42.000.000 303 510 505 2° Comisiones y gastos 50.000 $ 42.050.000 Suma el crédito$ 42.050.000

Artículo 2El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición

º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Comuniquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público