Micelio

decreto 1396 de 1934

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus atribuciones legales, y CONSIDERANDO Que el Ministerio de Educación Nacional solicita un traslado por la suma de quinientos cuatro pesos ($ 504) al artículo 153, capítulo 43, del Presupuesto de la actual vigencia, para adicionar la partida de sueldos de la Escuela de Odontología, por haber resultado insuficiente

Considerando · 4 motivos

Que el Ministerio de Educación Nacional solicita un traslado por la suma de quinientos cuatro pesos ($ 504) al artículo 153, capítulo 43, del Presupuesto de la actual vigencia, para adicionar la partida de sueldos de la Escuela de Odontología, por haber resultado insuficiente;

Que dicha suma figura en el artículo 174, capítulo 45, del mismo Presupuesto;

Que el señor Contralor General de la República en oficio número 7115 de fecha 9 del mes en curso, comunica que en el citado artículo 174 hay saldo no comprometido y se ha hecho la reserva correspondiente por la suma de quinientos cuatro pesos ($ 504) para poder verificar el traslado; y;

Que se han llenado las formalidades exigidas por los artículos 32 y 33 de la Ley 64 de 1931;

Artículo 1

Trasládase del artículo 174, capítulo 45, del Presupuesto de la vigencia en curso, la suma de quinientos cuatro pesos ($ 504) al artículo 153, capítulo 43, del mismo Presupuesto.

Artículo 174, Capítulo 45, Del Presupuesto De La Vigencia En Curso, La Suma De Quinientos Cuatro Pesos ($ 504) Al Artículo 153, Capítulo 43, Del Mismo Presupuesto

Artículo único. Trasládase del artículo 174, capítulo 45, del Presupuesto de la vigencia en curso, la suma de quinientos cuatro pesos ($ 504) al artículo 153, capítulo 43, del mismo Presupuesto. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Educación Nacional