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decreto 2526 de 1950

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El Presidente de la República de Colombia

En uso de las facultades que le otorga el artículo 121 de la Constitución Nacional, y CONSIDERANDO: Que por Decreto número 405 de 1950 (febrero 8) el Gobierno Nacional conmemoró el centenario de la Comisión Corográfica

Considerando · 3 motivos

Que por Decreto número 405 de 1950 (febrero 8) el Gobierno Nacional conmemoró el centenario de la Comisión Corográfica;

Que en el artículo 4º del citado Decreto se dispuso que el Instituto Geográfico Militar y Catastral llevaría desde la fecha de la citada providencia el nombre de "Instituto Nacional Agustín Codazzi";

Que en el nombre adoptado en virtud del citado Decreto 405 de 1950 para el antiguo Instituto Geográfico Militar y Catastral no quedó determinado su carácter de entidad geográfica, por lo cual se hace indispensable introducirle las modificaciones del caso;

Artículo 1Esta Norma Es Un Decreto Legislativo Y Con Vigencia Provisional, La Cual Terminó Junto Con El Estado De Sitio En El Marco Del Cual Se Dictó

º Esta norma es un Decreto legislativo y con vigencia provisional, la cual terminó junto con el estado de sitio en el marco del cual se dictó. El antiguo Instituto Geográfico Militar y Catastral llevará desde la fecha del presente Decreto el siguiente nombre: "Instituto Geográfico de Colombia "Agustín Codazzi"".

Artículo 2Derógase El Artículo 4º Del Decreto 405 De 1950 (Febrero 8)

º Derógase el Artículo 4º del Decreto 405 de 1950 (febrero 8). Comuníquese y cúmplase.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno
El Ministro de relacione Exteriores
El Ministro de Justicia
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Guerra
El Ministro de Agricultura y Ganadería
El Ministro de Trabajo
El Ministro de Higiene
El Ministro de Comercio e Industrias
El Ministro de Minas y Petróleos
El Ministro de Educación Nacional
El Ministro de Correos y Telégrafos
El Ministro de Obras Públicas