El Presidente de la República de Colombia
en uso de sus facultades legales
Artículo 1
Restablécese la Oficina Postal y Telegráfica de Güepsa (Departamento de Santander), y créase la de Toche (Departamento del Tolima), cada una con el personal y asignaciones mensuales siguientes: Un Telegrafista Administrador de Correos, con 25 Un Cartero 3 Para gastos de alumbrado 1 Comuníquese y publíquese.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Guerra, encargado del Despacho de Gobierno
Antonio José Cadavidencargado