Micelio

decreto 62 de 1916

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales

Artículo 1

Restablécese la Oficina Postal y Telegráfica de Güepsa (Departamento de Santander), y créase la de Toche (Departamento del Tolima), cada una con el personal y asignaciones mensuales siguientes: Un Telegrafista Administrador de Correos, con 25 Un Cartero 3 Para gastos de alumbrado 1 Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Guerra, encargado del Despacho de Gobierno