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decreto 21 de 2009

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El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 213 de la Constitución Política, y CONSIDERANDO: Que por Decreto 3929 de octubre 9 de 2008, se declaró el Estado de Conmoción Interior en todo el Territorio Nacional a partir de la vigencia de dicho decreto. Que las medidas adoptadas contribuyeron a conjurar las causas que motivaron la declaratoria del Estado de Conmoción Interior. Que de conformidad con el artículo 213 de la Constitución Política los decretos legislativos que dicte el Gobierno dejan de regir tan pro

Considerando · 3 motivos

Que por Decreto 3929 de octubre 9 de 2008, se declaró el Estado de Conmoción Interior en todo el Territorio Nacional a partir de la vigencia de dicho decreto.

Que las medidas adoptadas contribuyeron a conjurar las causas que motivaron la declaratoria del Estado de Conmoción Interior.

Que de conformidad con el artículo 213 de la Constitución Política los decretos legislativos que dicte el Gobierno dejan de regir tan pronto como se declare restablecido el orden público.

Artículo 1

°. A partir del día 8 de enero de 2009, levántase el Estado de Conmoción declarado por Decreto 3929 de 2001

Artículo 2

°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 213 de la Constitución Política, y
El Ministro del Interior y de Justicia
La Viceministra de Relaciones Exteriores del Ministerio de Relaciones Exteriores encargada de las funciones del Despacho del Ministro de Relaciones Exteriores
El Viceministro Técnico del Ministerio de Hacienda y Crédito Público encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Defensa Nacional
El Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural
El Ministro de la Protección Social
El Ministro de Minas y Energía
El Viceministro de Turismo del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Comercio, Industria y Turismo
La Ministra de Educación Nacional
El Ministro de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial
La Ministra de Comunicaciones
El Ministro de Transporte
La Ministra de Cultura