en uso de las facultades que le confieren los numerales 2 y 14 del artículo 189 de la Constitución Política
Artículo 1º Suprímese El Cargo De Auxiliar Administrativo 5 Pa (Local), Con Una Asignación Mensual De Novecientos Veinticinco Dólares Con 08/100 (Us$ 925
º Suprímese el cargo de Auxiliar Administrativo 5 PA (local), con una asignación mensual de novecientos veinticinco dólares con 08/100 (US$ 925.08), de la Embajada de Colombia en Japón, actualmente vacante.
Artículo 2º Créase En La Embajada De Colombia En Japón Un Cargo De Auxiliar Administrativo 3 Pa (Local), Con Una Asignación Mensual De Seiscientos Veinticuatro Dólares Con 15/100 (Us$ 624
º Créase en la Embajada de Colombia en Japón un cargo de Auxiliar Administrativo 3 PA (local), con una asignación mensual de seiscientos veinticuatro dólares con 15/100 (US$ 624.15).
Artículo 3º Créase En La Embajada De Colombia En Japón Un Cargo De Auxiliar Administrativo 3 Pa (Local), Con Una Asignación Mensual De Seiscientos Veinticuatro Dólares Con 15/100 (Us$ 624
º Créase en la Embajada de Colombia en Japón un cargo de Auxiliar Administrativo 3 PA (local), con una asignación mensual de seiscientos veinticuatro dólares con 15/100 (US$ 624.15).
Artículo 4º Las Erogaciones Que Ocasione El Cumplimiento De Este Decreto Se Pagarán Con Cargo Al Presupuesto Del Ministerio De Relaciones Exteriores
º Las erogaciones que ocasione el cumplimiento de este Decreto se pagarán con cargo al Presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores.
Artículo 5º El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación
º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese, comuníquese y cúmplase. Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a 27 de agosto de 1992. CESAR GAVIRIA TRUJILLO La Ministra de Relaciones Exteriores, Noemi Sanin De Rubio. El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Rudolf Hommes Rodriguez .