Micelio

decreto 1074 de 1958

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en uso de sus facultades legales

Artículo 1

Artículo primero . Trasládase al señor Hernando Rueda Ardila del cargo de Inspector del Oleoducto de Antioquia, al de Inspector de Petróleos de Tetuán - División Nacional de Petróleos, en reemplazo1 del señor Jorge Gutiérrez Parra, quien pasa a otro cargo.

Artículo 2

Artículo segundo . Trasladase al señor Primitivo Vargas Moya del cargo de Inspector dé Petróleos de Cicuco, al de Inspector del Oleoducto de Medellín - División Nacional de Petróleos, en reemplazo del señor Hernando Rueda Ardila, quien pasa a otro caigo.

Artículo 3

Artículo tercero . Trasládase al señor Jorge Gutiérrez Parra del cargo de Inspector de Petróleos de Tetuán, al de Inspector de Petróleos de Cicuco - División Nacional de Petróleos, en reemplazo del señor Primitivo Vargas Moya quien pasa a desempeñar otro cargo. Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Minas y Petróleos