Micelio

decreto 1556 de 1960

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Artículo 1

Artículo primero. Los funcionarios del Consejo Nacional de Política Económica y Planeación y del Departamento Administrativo de Planeación y Servicios Técnicos, cuando viajen en misión oficial, tendrán derecho a Viáticos diarios hasta por la suma de sesenta pesos ($ 60.00).

Artículo 2

Artículo segundo. El presente Decreto deroga todas las disposiciones legales que le sean contrarias, y rige desde la fecha de su expedición. Comuníquese y cúmplase.