Artículo 1
Artículo único. Créase el cargo de Abogado del Ferrocarril Ibagué-Armenia y carretera auxiliar, con la asignación mensual de $ 200, y nómbrase para desempeñarlo al doctor Napoleón Ignacio Sáenz. Comuníquese y publíquese.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Obras Públicas