Micelio

decreto 470 de 1877

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Artículo 1Declárese Restablecido El Órden Público En Todo El Territorio De La Union

° Declárese restablecido el órden público en todo el territorio de la Union.

Artículo 2Por Decreto Separado Se Reducirá El Ejército Al Pié De Paz

° Por decreto separado se reducirá el Ejército al pié de paz.

Artículo 3Los Presidentes, Gobernadores O Jefes Superiores De Los Estados, I Los Prefectos De Los Territorios, Dictarán Las Órdenes Necesarias Para Que El Presente Decreto Sea Inmediatamente Publicado Por Bando En Todos Los Distritos, Aldeas I Correjimientos

° Los Presidentes, Gobernadores o Jefes superiores de los Estados, i los Prefectos de los Territorios, dictarán las órdenes necesarias para que el presente decreto sea inmediatamente publicado por bando en todos los distritos, aldeas i correjimientos.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Secretario de lo Interior i Relaciones Esteriores
El Secretario de Hacienda i Fomento
El Secretario del Tesoro i Crédito nacional
El Secretario de Guerra i Marina