en uso de sus facultades legales y especialmente de las que confiere la Ley 33 de 1947
Artículo 1A Partir Del 16 De Julio De 1950, Créase La Sección Sexta
° A partir del 16 de julio de 1950, créase la Sección Sexta. Juzgado de Rentas, en la Administración de Hacienda Nacional de Antioquia, con el personal, y asignaciones, que enseguida se expresan: 1 Juez de Rentas, con $ 450.00 mensuales 1 Secretaria, con 300.00 mensuales 1 Sustanciador, con 250.00 mensuales 1 Escribiente, con 180.00 mensuales 2 Porteros notificadores, cada uno a con 140.00 mensuales
Artículo 2A Partir Del 1° De Julio De 1950 Créase El Cargo De Chofer Al Servioio Del Jefe De Rentas E Inmpuestos Nacionales, Con Una Asignación Mensual De $ 200
° A partir del 1° de julio de 1950 créase el cargo de chofer al servioio del Jefe de Rentas e Inmpuestos Nacionales, con una asignación mensual de $ 200.00.
Artículo 3Las Funcionesde Los Empleados Que Se Crea Por El Presente Decreto Serán Reglamentadas, Mediante Resolución, Por La Jefatura De Rentas E Impuestos Nacionales, En Concordancia Con Las Leyes Y Decretos Sobre La Materia
° Las funcionesde los empleados que se crea por el presente Decreto serán reglamentadas, mediante resolución, por la Jefatura de Rentas e Impuestos Nacionales, en concordancia con las leyes y decretos sobre la materia.
Artículo 4Este Decreto Rige Desde La Fecha De Su Expedición
° Este Decreto rige desde la fecha de su expedición . Cópiese, comuníquese y publíquese.