en uso de sus facultades legales y de las especiales que le confiere el artículo 22 de la Ley 102 de 1944
Artículo 1Modificase La Dotación Del Departamento De Control Y Ordenación Del Presupuesto Del Ministerio De Guerra En El Sentido De Señalar Para La Jefatura Del Mismo Departamento Un Coronel De Intendencia O Civil
º Modificase la dotación del Departamento de Control y Ordenación del Presupuesto del Ministerio de Guerra en el sentido de señalar para la Jefatura del mismo Departamento un Coronel de Intendencia o civil.
Artículo 2Créase En La Caja De Sueldos De Retiro El Cargo De Secretario, Capitán O Civil
º Créase en la Caja de Sueldos de Retiro el cargo de Secretario, Capitán o civil.
Artículo 3Cuando Los Cargos De Que Tratan Los Artículos 1° Y 2º De Este Decreto Sean Desempañados Por Empleados Civiles, Éstos Devengarán El Sueldo Que Rija Para El Grado Que Reemplazan
º Cuando los cargos de que tratan los artículos 1° y 2º de este Decreto sean desempañados por empleados civiles, éstos devengarán el sueldo que rija para el grado que reemplazan.
Artículo 4En Los Términos Del Presente Decreto, Que Rige A Partir Del 10 De Enero Del Corriente Año, Se Modifican Y Adicionan Las Disposiciones Pertinentes Del Decreto Número 1348 De 1945
º En los términos del presente Decreto, que rige a partir del 10 de enero del corriente año, se modifican y adicionan las disposiciones pertinentes del Decreto número 1348 de 1945. Comuníquese y cúmplase.