Micelio

decreto 964 de 1992

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El Presidente de la República de Colombia
Considerando · 1 motivo

Que el artículo 2º del Decreto 2868 del 21 de diciembre de 1991, por el cual se organiza e integra la Comisión de Ordenamiento Territorial, autoriza al Gobierno para crear Comités Consultivos a través de los cuales las distintas organizaciones sociales y en general, la ciudadanía, pueden prestar apoyo y colaboración en el desarrollo de las funciones de la Comisión en asuntos de competencia de esta última;

Artículo 1Creación

º Creación. Créase un Comité Consultivo para que asesore y colabore con la Comisión de Ordenamiento Territorial en las funciones y labores de su competencia.

Artículo 2Integración

º Integración. El Comité Consultivo de que trata el artículo primero del presente Decreto estará integrado por dos Gobernadores representantes de cada uno de los Consejos Regionales de Planificación Económica y Social - Corpes, designados por éstos.

Artículo 3Las Funciones Específicas Del Comité Consultivo Serán Determinadas Por La Comisión De Ordenamiento Territorial

º Las funciones específicas del Comité Consultivo serán determinadas por la Comisión de Ordenamiento Territorial.

Artículo 4El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación

º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de la facultad que le confiere el artículo 2º del Decreto 2868 del 21 de diciembre de 1991, y
El Ministro de Gobierno