Micelio

decreto 1984 de 1950

3 artículos · lectura continua

El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus atribuciones legales, y CONSIDERANDO: Que el Consejo de Ministros.en su sesión del día 9 de junio del año en curso autorizó, al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para, efectuar unas, traslaciones dentro de las apropiaciones del Ministerio de Higiene, según consta en el acta respectiva

Considerando · 1 motivo

Que el Consejo de Ministros.en su sesión del día 9 de junio del año en curso autorizó, al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para, efectuar unas, traslaciones dentro de las apropiaciones del Ministerio de Higiene, según consta en el acta respectiva;

Artículo 1

Háeense las siguientes traslaciones en el Presupuesto vigente:

Ministerio de Higiene.

Artículo 660-A

Artículo primero. Háeense las siguientes traslaciones en el Presupuesto vigente: Ministerio de Higiene. Capítulo 57 Del artículo 660-A. Para construcciones, ampliaciones y mejoras, rreparaciones, dotación y sostenimiento de los hospitales del país, de acuerdo con el Plan Hospitalario Nacional; complementario de las campañas Sanitarias $ 300.000.00 Suman los Contracréditos $ 300.000.00 Capitulo 57. Al artículo 660. Para Centros de Higiene.y Campañas Sanitarias de toda clase, según contratos con los Departamentos, Intendencias, Comisarías, Municipios y con otras entidades, para sostenimiento de organismos sanitarios de la misma clase, en forma directa, en los casos que sea necesario, y para dotación de drogas y demás elementos para esos organismos, en el año 300.000.00 Suman los créditos $ 300.000.00

Artículo 2

Artículo segundo. El presente Decreto rige desde su fecha. Comuníquese y publiquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Higiene