Micelio

decreto 1394 de 1949

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus atribuciones legales, y considerando: Que por medio del Decreto número 2159 de 1918 se autorizó la emisión de documentos de crédito público hasta por la cantidad de $ 5.704.080 moneda corriente, a favor del Consejo Administrativo de los Ferrocarriles Nacionales, amortizables en un plazo máximo de cinco (5) años y con un interés del 6% anual, pagaderos por trimestres vencidos

Artículo 1Con Base En La Suma De Un Millón Quinientos Mil Pesos ($ 1

° Con base en la suma de un millón quinientos mil pesos ($ 1.500.000) moneda corriente, proveniente de la emisión de los documentos de crédito público de que tratan los considerandos de este Decreto ábrese el siguiente crédito adicional al Presupuesto vigente: Ministerio de Hacienda y Crédito Público. Capítulo 34, artículo 315-A. Para entregar al Consejo de los Ferroearrils Nacionales, con destino a las obras de ampliación del malecón de Buenaventura, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 2159 de 1948, $ 1.500.000.

Artículo 2El Presente Decreto Rige Desde Su Fecha

Articulo 2° El presente Decreto rige desde su fecha. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público