Artículo 1
Art. l.° Varíase la ruta del correo de la línea de Occidente, en el trayecto de Bogotá a Manizáles, de manera que sus viajes se hagan, desde el 13 de marzo próximo, por la via de "Aguacatal," pasando por Honda i Santa Ana.
Artículo 2
Art. 2.° Desde la misma fecha quedará suprimido el correo especial de correspondencia e impresos a Honda, haciendo sus viajes en lo sucesivo entre Bogotá i Lérida, por la via de Ambalema.
Artículo 3
Art. 3.° Por la Direccion jeneral del ramo se formarán los itinerarios para estos dos correos, se celebrarán los contratos para su conduccion i se darán las disposiciones necesarias para la ejecucion del presente decreto.
Artículo 50
Varíase la ruta del correo de la línea de Occidente, en el trayecto de Bogotá a Manizáles, de manera que sus viajes se hagan, desde el 13 de marzo próximo, por la via de "Aguacatal," pasando por Honda i Santa Ana.