en uso de las facultades que le confieren los artículos 120 ordinal 21 y 166 de la Constitución Política
Artículo 1º La Planta De Alumnos De Las Escuelas De Formación De Oficiales Para Las Fuerzas Militares, Durante La Vigencia De 1986, Queda Constituida En La Siguiente Forma: 1
º La Planta de Alumnos de las Escuelas de Formación de Oficiales para las Fuerzas Militares, durante la vigencia de 1986, queda constituida en la siguiente forma: 1. Ejercito Alféres y Cadetes1. 750 2 Armada Alféreces, Guardiamarinas, pilotines y cadetes 700 3. Fuerza Aérea Alféreces y Cadetes 380 ______ TOTAL GENERAL 2.830
Artículo 2La Planta De Soldados Para La Misma Vigencia Será La Siguiente: 1
º La planta de Soldados para la misma vigencia será la siguiente
Ejército Soldados 66.000
Armada Grumetes 600 Soldados de Infantería de Marina 6.016 ------ Total 6.616
Fuerza Aérea Soldados Alumnos 600 Soldados Regulares 3.000 ------ Total 3.600
Artículo 3º El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación
º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.