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decreto 198 de 2020

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El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas en el artículo 6° de la Ley 1872 de 2017, en concordancia con el artículo 4° del Decreto 958 de 2018

Artículo 1Designación

°. Designación. Designar en la Junta Administradora del Fondo para el Desarrollo Integral del Distrito Especial de Buenaventura (Fonbuenaventura), a los siguientes miembros del Gobierno nacional: El Ministro de Comercio, Industria y Turismo, quien podrá delegar su participación en funcionarios de nivel Directivo; El Ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible, quien podrá delegar su participación en funcionarios de nivel Directivo; El Consejero Presidencial para las Regiones de la Presidencia de la República, quien únicamente podrá delegar su participación en funcionarios del nivel Asesor.

Artículo 2Comunicación

°. Comunicación. Comunicar el contenido del presente decreto por medio de la Secretaría General del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

Artículo 3Vigencia

°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha su publicación y deroga el Decreto 1337 de 2018.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas en el artículo 6° de la Ley 1872 de 2017, en concordancia con el artículo 4° del Decreto 958 de 2018
El Ministro de Hacienda y Crédito Público