en ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas en el artículo 6° de la Ley 1872 de 2017, en concordancia con el artículo 4° del Decreto 958 de 2018
Artículo 1Designación
°. Designación. Designar en la Junta Administradora del Fondo para el Desarrollo Integral del Distrito Especial de Buenaventura (Fonbuenaventura), a los siguientes miembros del Gobierno nacional: El Ministro de Comercio, Industria y Turismo, quien podrá delegar su participación en funcionarios de nivel Directivo; El Ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible, quien podrá delegar su participación en funcionarios de nivel Directivo; El Consejero Presidencial para las Regiones de la Presidencia de la República, quien únicamente podrá delegar su participación en funcionarios del nivel Asesor.
Artículo 2Comunicación
°. Comunicación. Comunicar el contenido del presente decreto por medio de la Secretaría General del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
Artículo 3Vigencia
°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha su publicación y deroga el Decreto 1337 de 2018.