en uso de sus atribuciones legales y de conformidad con el Decreto legislativo número 1599 de 1953
Artículo 1
Hácese la siguiente traslación en el Presupuesto de Gastos vigente:
Artículo 42
Artículo primero. Hácese la siguiente traslación en el Presupuesto de Gastos vigente: MINISTERIO DE GOBIERNO CAPITULO 5° Del artículo 42 . Para sueldos de los empleados de las oficinas directas del Ministerio de Gobierno, y gastos de representación del Ministro, en el año $ 3.185.00 Suman los contracréditos $ 3.185.00 MINISTERIO DE GOBIERNO CAPITULO 5° Al artículo 43. Para sueldos de los empleados de la Administración del Capitolio, en el año $ 3.183.00 Suman los créditos $ 3.185.00
Artículo 2
Artículo segundo. El presente Decreto rige desde su fecha. Comuníquese y publíquese.